#ElPerúQueQueremos

Foto: Exitosadiario.pe

Correos electrónicos institucionales de funcionarios públicos contienen información pública

Juez Constitucional ordena la entrega de correos electrónicos del ex Ministro de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga. 

Publicado: 2015-07-01

El 26 de junio de 2015 el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del Juez Hugo Velasquez Zavaleta, declaró fundada una demanda de hábeas data en la que se solicitaba al Ministerio de Energía y Minas copia de los:

“Correos electrónicos recibidos por el Sr. Ministro Eleodoro Mayorga Alba a su cuenta de correo oficial o a cualquier otra que le haya sido creada en el ministerio, con sus respectivas respuestas, en las cuales el titular del pliego se haya comunicado con cualquier persona para tratar cualquier asunto relacionado con el Nuevo Reglamento Nacional de Hidrocarburos o sus similares”

El Ministerio demandado en su defensa sostuvo que la negativa de brindar la información solicitada se fundamentaba en el derecho al secreto de la inviolabilidad de las comunicaciones. Los demandantes, por el contrario, señalaban que dicho derecho únicamente protege las comunicaciones de carácter privado, habiéndose solicitado información de carácter público.

El Quinto Juzgado Constitucional de Lima, al momento de resolver la demanda, consideró que “la información pública que puede solicitarse y que la administración estatal está obligada a entregar, puede constar en cualquier forma de expresión, ya sea gráfica, sonora, visual, electromagnética o que obre en cualquier otro soporte material”, incluidos los correos electrónicos. Ello debido a que “con la evolución de la tecnología, la comunicación ya no se efectúa únicamente a través del soporte papel, sino a través de otros medios, como son los correos electrónicos; así, en la actualidad, muchos funcionarios públicos efectúan solicitudes, rechazan pedidos, mantienen comunicación con sus pares o terceros por la vía electrónica”.

Resalta además que la información solicitada es sobre el correo electrónico institucional, no particular; rechazando de esta forma el argumento de la parte demandada respecto que toda la información de los correos electrónicos del ex Ministro Eleodoro Mayorga constituía información privada.

No obstante, el Juez añade que no toda la información contenida en los correos institucionales es de acceso público. Si bien la regla general es la publicidad, indudablemente existirán comunicaciones privadas que contengan conversaciones amicales y se vean protegidas por el derecho a la intimidad personal. Sin embargo, al haberse solicitado información relacionada al Nuevo Reglamento Nacional de Hidrocarburos, es claro que se trata de información pública.

Cabe señalar que se trata de una sentencia de primera instancia y el fallo ha sido apelado.

Puede acceder al texto completo de la sentencia aquí.

El dato:

Éste pedido de acceso a la información pública y su posterior acción de hábeas data se presentó tras conocerse que entre los correos hackeados al ex premier René Cornejo había una conversación entre los entonces Ministro Mayorga y Ministro Manuel Pulgar Vidal, sobre presuntos lobbies de empresas con intereses en el sector hidrocarburos.

Además, queda pendientes de resolución otros procesos de hábeas data similares contra el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda y Construcción.

Actualización: En junio de 2017 la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó la sentencia de primera instancia y reformándola la declaró improcedente. El caso ha sido elevado al Tribunal Constitucional, estando a la espera de pronunciamiento.

--

Dania Coz Barón  
Gerente de la base de datos "Justicia y Transparencia"   dcoz@justiciaytransparencia.pe


www.justiciaytransparencia.pe


Escrito por

Justicia y Transparencia

Archivo web de sentencias sobre acceso a la información pública y protección de datos personales: www.justiciaytransparencia.pe


Publicado en

Justicia y Transparencia

Archivo web de sentencias sobre acceso a la información pública y protección de datos personales: www.justiciaytransparencia.pe