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Contraloría dice que funcionarios deben autorizar acceso a información pública de sus declaraciones juradas

La Contraloría General de la República (CGR) ha reinventado la Ley de Protección de Datos Personales para violar el derecho de acceso a la información pública.

Publicado: 2015-11-04


La Contraloría General (CGR) ha negado el acceso a la información pública contenida en el documento principal de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, amparándose en la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP) para sostener que se trata de “datos personales de autoridades electas, de quienes no se tiene su consentimiento expreso para disponer de dicha información”.

El problema del argumento la CGR es que falsea el ordenamiento jurídico porque la Ley de Protección de Datos Personales no establece ningún impedimento para acceder a la información pública del formato completo de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos, denominado Sección Primera. Por el contrario, lo permite.

Como se sabe, la LPDP fijó como regla el consentimiento de los titulares de los datos personales previo a cualquier tratamiento (copiar, transferir, almacenar, publicar, etc.). Pero, en ciertos casos, la misma ley señaló excepciones a esta regla, es decir, autorizó el tratamiento de datos personales sin consentimiento del titular. Por ejemplo “cuando se trate de datos personales contenidos o destinados a ser contenidos en fuentes accesibles para el público”.

Es el Tribunal Constitucional (TC) quien mediante sentencia del año 2009 (Exp. N° 04407-2007-PHD/TC) declaró como información pública a los ingresos y bienes provenientes del sector público, y a los bienes muebles e inmuebles registrables consignados en las declaraciones juradas de los funcionarios públicos. Esto último porque se trata de información que se encuentra en fuentes accesibles al público, como los Registros Públicos.

Peor aún, a pesar de que el TC señaló que los datos públicos de las declaraciones juradas no entraban dentro de la esfera de la intimidad, la CGR se arrogó la potestad de decir lo contrario: “al encontrarse su solicitud relacionada al acceso de información de carácter confidencial” -contesta la entidad- “ese Organismo Superior de Control no se encuentra habilitado para entregar copia de la sección primera de las declaraciones juradas solicitadas”. Es decir, la CGR ha decido por sí misma y sin ninguna justificación que lo que señala el TC ha perdido validez.

Si la CGR quiso darle a los datos patrimoniales solicitados el carácter de ‘dato sensible’, es decir, dato que no se puede tratar sin consentimiento del titular sin excepciones, contraviene esta vez la opinión del jefe de Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPDP) quien en una entrevista refrendó la posición del TC al señalar que en el caso de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas de funcionarios públicos no se requiere el consentimiento del titular de los datos personales para su publicidad “porque existe una ley de alto interés público, que es la Ley de Transparencia, que dice que los ingresos que provienen del Estado son información pública” [1].

El pedido de acceso a la información pública fue hecho por el abogado Javier Casas, representante de la ONG Suma Ciudadana.

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[1] Entrevista a José A. Quiroga: “protección de datos personales vs interés público”.


Escrito por

Justicia y Transparencia

Archivo web de sentencias sobre acceso a la información pública y protección de datos personales: www.justiciaytransparencia.pe


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